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Ayuda coche eléctrico en Murcia 2025: Guía completa de deducciones y beneficios en Audi Huertas Motor

Introducción a las ayudas para coches eléctricos en Murcia

La transición hacia una movilidad más sostenible es una prioridad tanto a nivel europeo como nacional y regional. En este marco, la Región de Murcia ha publicado en el BORM de julio de 2025 nuevas medidas fiscales que permiten a los contribuyentes deducir en su declaración de la renta parte del gasto en la adquisición de vehículos eléctricos y en la instalación de infraestructuras de recarga. Estas ayudas, enmarcadas dentro del Plan MOVES III, tienen como objetivo principal incentivar la compra de coches eléctricos y reducir las emisiones contaminantes, alineándose con los compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

¿Qué se entiende por vehículo eléctrico según la normativa?

- Vehículos eléctricos puros (BEV).

- Vehículos híbridos enchufables (PHEV).

- Vehículos de autonomía extendida (EREV).

- Vehículos eléctricos de hidrógeno (FCV y FCHV).

Tipos de vehículos que dan derecho a la deducción

- Turismos (categoría M1).

- Motocicletas eléctricas de más de 3 kW y autonomía mínima de 70 km.

- Ciclomotores eléctricos (categoría L1e).

Requisitos para acceder a la deducción

- Vehículos nuevos o de importación, matriculados por primera vez en España.

- Compra, leasing o renting admitidos.

- Vehículos de demostración con hasta 18 meses desde la primera matriculación.

- El vehículo no debe estar afecto a actividades económicas.

Límite de precio de adquisición para la deducción

- Turismos: hasta 45.000 € (53.000 € si son BEV de 8-9 plazas).

- Motocicletas: hasta 10.000 €.

- Ciclomotores: hasta 3.000 €.

Cálculo de la deducción en la compra de coche eléctrico

- En declaración individual: hasta el 30% de la base de deducción (máx. 7.000 €).

- En declaración conjunta: hasta el 30% de la base de deducción (máx. 7.000 €).

- No se aplica si se superan los 60.000 € en declaración individual o 95.000 € en conjunta.

Compatibilidad con otras ayudas públicas (MOVES III)

- La deducción autonómica es compatible con las ayudas estatales del Plan MOVES III.

Deducción para la instalación de puntos de recarga en Murcia

- Límite máximo deducible: hasta 4.000 €.

- La instalación debe mantenerse al menos 2 años.

Documentación necesaria para solicitar la deducción

- Contrato de compraventa, leasing o renting.

- Factura emitida al comprador.

- Justificante de matriculación.

- Factura de instalación del punto de recarga.

- Declaración responsable del uso no económico del vehículo.

Plazos de aplicación de la deducción

- Se aplica en el ejercicio de la adquisición.

- Si no se aplica totalmente, puede trasladarse a los 3 ejercicios siguientes.

- Permanencia mínima del vehículo: 5 años (2 en renting).

Ventajas económicas y medioambientales

- Reduce el coste de adquisición.

- Contribuye a la reducción de emisiones contaminantes.

- Favorece el ahorro energético.

- Aumenta el valor de viviendas con puntos de recarga.

Preguntas frecuentes

- ¿Cuál es el importe máximo deducible? Hasta 7.000 €.

- ¿Puedo deducirme un coche de segunda mano? No, salvo vehículos de demostración (<18 meses).

- ¿Es compatible con MOVES III? Sí.

- ¿Qué requisitos tiene la instalación de recarga? Permanencia mínima de 2 años.

- ¿Qué pasa si vendo el coche antes de 5 años? Se pierde la deducción salvo fallecimiento o siniestro.

- ¿Cómo sé si mi coche aplica? Revisar ficha técnica (BEV, PHEV, EREV, FCV, FCHV).

Conclusión: una oportunidad para apostar por la movilidad sostenible

La ayuda coche eléctrico en Murcia 2025 supone un gran paso hacia la electrificación del parque automovilístico regional. Gracias a estas medidas, los murcianos pueden ahorrar miles de euros en la compra de vehículos eléctricos y en la instalación de puntos de recarga. Estas ventajas fiscales, unidas al Plan MOVES III, hacen que nunca haya sido tan accesible dar el salto a la movilidad eléctrica.


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